Carta de Nacionalización

Actualizado 2026

🇨🇱 Carta de Nacionalización — SERMIG

La Carta de Nacionalización es el modo de adquirir la nacionalidad chilena por vía de naturalización. Es un proceso largo (promedio 3 años) pero completamente en línea. Esta guía te explica quién puede solicitarla, qué documentos necesitas y cómo hacerlo paso a paso.

📋 Datos clave de un vistazo
📅 ~3 años Plazo medio de tramitación
🏡 5 años Residencia mínima (vía ordinaria)
2 años Residencia mínima (vía calificada)
💵 $37.979 Arancel general en CLP
💵 $7.596 Arancel reducido (cónyuge, hijo, viudo de chileno)
🖥️ Online Todo el trámite en tramites.serviciomigraciones.cl

🗂️ Modalidades: ¿cuál te corresponde?

Existen dos vías principales para obtener la Carta de Nacionalización, más casos especiales para menores e hijos de refugiados:

Vía ordinaria — Art. 2 D.L. 5.142

Nacionalización estándar

La vía general para cualquier extranjero residente que quiera obtener la nacionalidad chilena sin un vínculo especial con el país.

  • Tener 18 años o más
  • Ser titular de Residencia Definitiva vigente
  • Acreditar 5 o más años de residencia en Chile, contados desde el primer Estampado Electrónico de Residencia Temporal
⏱ Plazo de residencia: 5 años desde el primer estampado temporal
Vía calificada — Art. 85 Ley 21.325

Nacionalización calificada

Para residentes con vínculos especiales con Chile que permiten acortar el plazo de residencia requerido.

  • Tener 18 años o más
  • Ser titular de Residencia Definitiva vigente
  • Acreditar 2 años de residencia continuada y alguno de estos vínculos:
  • Cónyuge de chileno/a (matrimonio inscrito en Chile, mínimo 2 años)
  • Pariente consanguíneo de chileno/a hasta el 2° grado
  • Adoptado/a por chileno/a
  • Hijo/a de padre o madre que siendo chileno/a perdió la nacionalidad antes del nacimiento
⚡ Plazo de residencia: 2 años desde el primer estampado temporal
Menores de 14 a 17 años: pueden solicitar la Carta de Nacionalización cumpliendo los mismos 5 años de residencia desde su primer estampado temporal, pero necesitan autorización notarial de ambos padres o de quien tenga su cuidado personal, acompañado del documento legal que acredite ese cuidado.
Menores hijos de refugiados: si tienes menos de 18 años y uno de tus padres tiene la calidad de refugiado reconocido por Chile y ha obtenido la Carta de Nacionalización, puedes solicitar la tuya sin necesidad de cumplir requisito de residencia adicional.
¿Desde cuándo se cuentan los 5 años (o 2 años)? El plazo se cuenta desde el primer Estampado Electrónico de Residencia Temporal que dio origen a la Residencia Definitiva que mantienes vigente. No se cuenta desde la Residencia Definitiva, sino desde el inicio de tu primera residencia temporal.

📄 Documentos necesarios

Todos los documentos deben subirse en formato PDF, máximo 2 MB por archivo, mínimo 300 DPI. El portal del SERMIG no permite enviar la solicitud si falta algún documento obligatorio.

DocumentoQuién debe presentarlo
Hoja de identificación del pasaporte vigenteObligatorio
Si no tienes pasaporte: documento nacional de identidad del país de origen o certificado consular que acredite identidad y nacionalidad.
Todos los solicitantes
Cédula de identidad chilena para extranjeros vigente (ambos lados)ObligatorioTodos los solicitantes
Certificado de antecedentes penales o judiciales del país de origenObligatorio +18 años
Apostillado o legalizado + traducido si no está en español o inglés.
Mayores de 18 años
Fotografía recienteObligatorio
A color, fondo blanco, de frente, sin gafas, tomada próxima a la fecha de solicitud.
Todos los solicitantes
Carpeta Tributaria para Solicitar Créditos (SII)Obligatorio
Descargable con ClaveÚnica en sii.cl.
Todos los solicitantes
Certificado de Deuda Fiscal (TGR)Obligatorio
Descargable en tgr.cl. Acredita que no tienes deudas con el Fisco.
Todos los solicitantes
Certificado de viajes (PDI)Casos especiales
Solo obligatorio para quienes ingresaron a Chile siendo menores de edad y no pueden obtener el certificado de antecedentes del país de origen.
Solicitantes que ingresaron siendo menores
Certificado de matrimonio inscrito en ChileVía calificadaCónyuge de chileno/a
Certificado de nacimiento del cónyuge + documentos que acrediten hogar comúnVía calificadaCónyuge de chileno/a
Documentos que acreditan el parentesco con chileno/aVía calificada
Certificado de nacimiento propio y del familiar chileno; si es pariente en 2° grado, también del familiar intermedio.
Parientes de chilenos/as
Autorización notarial de ambos padres o tutor legalMenores 14-17 años
Si un padre está en el extranjero: autorización apostillada o legalizada.
Menores de 14 a 17 años
Documentos que deben estar vigentes: el SERMIG puede pedir que todos los documentos presentados estén vigentes al momento de analizarlos, no solo cuando se presentan. Si la tramitación se alarga (lo normal), asegúrate de renovar el certificado de antecedentes penales y la carpeta tributaria si se acercan a su vencimiento. Si recibes una notificación de documentación incompleta, tienes 60 días hábiles para subsanarla.

🖥️ Cómo solicitar la Carta de Nacionalización paso a paso

Toda la solicitud se realiza en línea a través del portal de trámites del SERMIG. No se aceptan solicitudes en papel.

  • Accede al portal de trámites del SERMIG con ClaveÚnica Ve a tramites.serviciomigraciones.cl e inicia sesión con tu ClaveÚnica o con tu cuenta del portal. Selecciona la sección «Nacionalidad» → «Carta de Nacionalización».
  • Selecciona tu categoría El portal te pedirá que indiques si eres adulto mayor de 18 años, menor de entre 14 y 17 años, o menor hijo/a de refugiado nacionalizado. Selecciona la que corresponda a tu situación.
  • Completa el formulario de datos personales Introduce tu nombre completo, fecha y país de nacimiento, nacionalidad actual, estado civil, y la fecha de tu primer ingreso a Chile como residente (la que aparece en tu primer visado). Este dato es clave para calcular el tiempo de residencia.
  • Adjunta todos los documentos requeridos Sube cada documento en PDF (máx. 2 MB, mín. 300 DPI). El portal no te dejará avanzar si falta alguno obligatorio. Revisa la tabla de documentos según tu modalidad (vía ordinaria, calificada o menor).
  • Envía la solicitud Tras revisar que todo esté correcto, pulsa «Enviar». Recibirás automáticamente en tu correo un comprobante con el número y fecha de solicitud. Guárdalo.
  • Realiza el seguimiento en el portal Puedes consultar el estado de tu trámite en el portal con ClaveÚnica → «Consulta estado de trámite». Ver guía de consulta de estado de trámite. La tramitación promedia 3 años; ten paciencia y revisa tu correo periódicamente por si solicitan documentación adicional.
  • Paga los derechos cuando te notifiquen la resolución favorable Recibirás un correo con el enlace de pago a la Tesorería General de la República. El arancel es de $37.979 para el caso general, o $7.596 si eres cónyuge, hijo/a o viudo/a de chileno/a.

✅ ¿Qué pasa tras la aprobación?

Una vez que el SERMIG notifica la resolución favorable y pagas los derechos, el proceso continúa con estos pasos:

  • Recibirás el Decreto Exento firmado por el Ministro del Interior La Carta de Nacionalización se materializa en un Decreto Exento firmado por el Ministro del Interior y Seguridad Pública, por orden del Presidente de la República. Lo recibirás por correo electrónico y también estará disponible en tu bandeja del portal.
  • Agenda cita en el Registro Civil para tu nueva cédula y pasaporte chilenos Con el Decreto Exento, debes ir al Registro Civil para obtener tu cédula de identidad y pasaporte como ciudadano/a chileno/a. Agenda tu cita en registrocivil.cl. A partir de ese momento eres ciudadano/a chileno/a con todos los derechos y deberes que ello implica.
  • Decide si renuncias a tu nacionalidad de origen (si tu país no permite doble nacionalidad) Chile no te obliga a renunciar a tu nacionalidad anterior. Pero si tu país de origen prohíbe la doble nacionalidad, deberás decidir si renuncias a ella. Consulta a tu embajada antes de proceder.

🌍 Doble nacionalidad: lo que debes saber
Chile autoriza la doble nacionalidad. Desde el punto de vista chileno, puedes mantener tu nacionalidad de origen al obtener la chilena. Chile no te pedirá que renuncies a tu pasaporte anterior.

Sin embargo, la cuestión de la doble nacionalidad depende también de las leyes de tu país de origen. Cada país tiene su propia normativa:

Países que permiten doble nacionalidad con Chile: la mayoría de los países latinoamericanos (Argentina, Colombia, Perú, Venezuela, etc.), España (con acuerdo bilateral especial para nacidos en Península, Baleares y Canarias), Italia, Francia y muchos otros. En estos casos puedes mantener ambas nacionalidades sin problema.
Países con restricciones conocidas: Japón, India, Polonia, Países Bajos y otros prohíben o limitan la doble nacionalidad. Si adquieres la nacionalidad chilena siendo nacional de uno de estos países, podrías perder automáticamente tu nacionalidad de origen según sus leyes internas.
Acuerdo especial España-Chile: los ciudadanos españoles nacidos en territorio peninsular, Baleares y Canarias pueden mantener ambas nacionalidades bajo el convenio bilateral vigente entre ambos países. Los nacidos en Ceuta, Melilla o territorios de ultramar deben verificar su situación específica.
Recomendación: antes de solicitar la nacionalización, consulta con la embajada o consulado de tu país de origen en Chile sobre las consecuencias para tu nacionalidad actual. Las leyes de ciudadanía cambian y siempre es mejor verificar el estado actual antes de tomar una decisión irreversible.

🏅 Beneficios de obtener la nacionalidad chilena
🗳️
Derecho a voto
Puedes votar en todas las elecciones y plebiscitos nacionales y municipales de Chile.
🏛️
Acceso a cargos públicos
Puedes optar a cargos de elección popular (alcalde, diputado, senador) y a ciertas funciones públicas reservadas a ciudadanos chilenos.
✈️
Pasaporte chileno
Acceso sin visa a más de 170 países. Chile tiene uno de los pasaportes más fuertes de América Latina.
🏡
Residencia permanente e irrevocable
A diferencia de la Residencia Definitiva (que se pierde tras 2 años de ausencia), la ciudadanía no tiene restricciones de permanencia fuera del país.
👨‍👩‍👧
Transmisión a hijos
Tus hijos nacidos en el extranjero después de tu nacionalización pueden optar a la nacionalidad chilena por descendencia.
🎓
Acceso pleno a beneficios del Estado
Acceso sin restricciones a becas, subsidios y beneficios estatales que exigen nacionalidad chilena.

❓ Preguntas frecuentes
¿Puedo solicitarla mientras tramito la Residencia Definitiva?
No. Debes tener la Residencia Definitiva ya vigente (Estampado Electrónico activo) antes de presentar la solicitud de Carta de Nacionalización.
¿Cuánto tarda el proceso?
El SERMIG indica que la tramitación demora en promedio 3 años. En la práctica, los plazos oscilan entre 2 y 3 años desde la presentación hasta la aprobación, dependiendo de la carga de trabajo del servicio y la complejidad del caso.
¿Puedo viajar al extranjero mientras mi solicitud está en trámite?
Sí. Tu Residencia Definitiva sigue vigente durante la tramitación. Puedes entrar y salir de Chile con normalidad, siempre que no te ausentes más de 2 años continuados (lo que haría caducar la Residencia Definitiva).
¿Qué pasa si me rechazan la solicitud?
El SERMIG te notificará el rechazo con sus fundamentos. Podrás presentar una nueva solicitud una vez que reúnas la documentación completa y correcta. No existe un recurso de apelación formal ante el SERMIG, pero puedes presentar una nueva solicitud.
¿Tengo que hablar español para obtener la nacionalidad?
La ley no exige una prueba formal de idioma, pero el SERMIG puede convocar a una entrevista para verificar competencia básica en español y conocimiento de la historia, geografía y principios cívicos de Chile. Solicitudes con documentación completa y sólida pueden no requerir entrevista.
¿La nacionalización es obligatoria si llevo más de 5 años?
No. Solicitar la Carta de Nacionalización es completamente voluntario. Puedes mantener tu Residencia Definitiva indefinidamente si no deseas nacionalizarte.

Solicita la Carta de Nacionalización en el portal oficial del SERMIG

Todo en línea con ClaveÚnica. Comprueba primero que cumples los requisitos.

Ir al portal SERMIG →

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